EL CONSEJO DE GOBIERNO APRUEBA MEDIDAS EXTRAORDINARIAS QUE REFUERZAN LA RED DE PROTECCIÓN A LAS FAMILIAS
La Consejera de Familia Alicia García junto al Consejero de Fomento Juan Carlos Suárez – Quiñones.
Pueblosycomarcas.com
La Junta de Castilla y León vuelve a reforzar y mejorar sus Servicios Sociales. El Consejo de Gobierno ha aprobado el Decreto-Ley por el que se adoptan medidas extraordinarias con el fin de reforzar la cobertura de las necesidades de atención social en el ámbito de la Red de Protección a las familias afectadas por la crisis. Se trata de nuevas medidas extraordinarias con las que la Junta pretenden dar respuesta a nuevas situaciones derivadas de la propia e imprevisible evolución de la crisis así como de garantizar las necesidades básicas de subsistencia de aquellas personas que, recibiendo prestaciones sociales por una actividad económica, obtengan ingresos insuficientes para atender esas necesidades.
Las medidas extraordinarias que recoge el Decreto-Ley pretenden asegurar la armonización y complementación entre los sistemas de protección social y laboral, orientando su actuación de forma coordinada hacia la plena inserción social y laboral de las personas y familias en situación de riesgo o exclusión. Son medidas que responden, al mismo tiempo, a los compromisos alcanzados en el seno del Diálogo Social y a las recomendaciones del Procurador del Común sobre la necesidad de flexibilizar los presupuestos para el reconocimiento de las prestaciones y ayudas de la Red de Protección.
La fórmula elegida para aprobarlas ha sido el Decreto-Ley, con el fin de garantizar que las medidas se pongan en marcha de forma inmediata. Las medidas serán incluso de aplicación para aquellos procedimientos ya iniciados antes de la entrada en vigor del Decreto-Ley.
Se promoverá en las Cortes de Castilla y León que estas medidas de carácter excepcional se tramiten posteriormente como Proyecto de Ley con el fin de que se consoliden y perduren en el tiempo. Además, existe el compromiso por parte de la Junta de Castilla y León de elaborar un Proyecto de Ley de la Red de Protección a las personas y familias, con el objetivo de que actúe más allá de situaciones extraordinarias, garantizando como derechos subjetivos la atención inmediata a alimentos básicos y el sistema de atención integral anti desahucio y que incorporará un mecanismo que vincule la atención personal y social con la búsqueda de un empleo, reforzando la inserción socio-laboral.
PRINCIPALES MEDIDAS QUE INTRODUCE EL DECRETO-LEY
Las nuevas medidas extraordinarias afectan a aquellas prestaciones de la Red dirigidas a atender necesidades de subsistencia, como la prestación de renta garantizada de ciudadanía, la prestación económica para necesidades básicas de subsistencia en situaciones de urgencia social o la prestación económica extraordinaria frente a situaciones de deuda hipotecaria. El conjunto de las medidas se pueden agrupar en tres grupos: las de compatibilidad entre prestaciones, las de flexibilización para el acceso a las prestaciones y las de mejora del procedimiento.
1.- Medidas de compatibilidad entre prestaciones.
El Decreto-Ley establece la ampliación de los supuestos de compatibilidad de las prestaciones y ayudas de la Red de Protección con determinadas prestaciones públicas como las prestaciones por desempleo, subsidio de desempleo, Programa de Renta Activa de Inserción (RAI), Programa de activación para el Empleo (PAE), Programa Personal de Integración y Empleo (PIE), Programa de Recualificación Profesional (PREPARA) u otras similares que normativamente se determinen, ya se perciban por el desempeño de una actividad laboral, se dirijan a favorecer la inserción laboral de las personas en riesgo de exclusión social o se perciban derivadas de la atención a determinadas personas con discapacidad.
Al mismo tiempo, se establece la compatibilidad de las prestaciones de la Red con otras prestaciones sociales que antes eran incompatibles, como la percepción de prestaciones por la suspensión del contrato de trabajo por maternidad o paternidad y por riesgo durante el embarazo; las prestaciones por incapacidad temporal durante el desarrollo del trabajo, y aquellas prestaciones por hijo a cargo, en los casos en los que el sujeto causante sea el hijo.
2.- Medidas de flexibilización para el acceso a las prestaciones
Se flexibiliza el cumplimiento de los requisitos para tener derecho a estas prestaciones fundamentalmente a través de modificaciones en las reglas de cómputo de ingresos, bienes muebles e inmuebles.
En aquellos casos en los que se tengan en cuenta los ingresos, para los autónomos se establece que cuando se tengan en cuenta los rendimientos del trabajo por cuenta propia para el reconocimiento de las prestaciones, y estos sean inferiores al 50 % del importe de la base de cotización a la Seguridad Social, se computará como ingreso una cantidad igual a dicho importe.
En los casos en los que se tenga en cuenta el patrimonio se exceptuarán del cómputo los bienes rústicos ubicados en localidades que cuenten con menos de 5.000 habitantes; en el caso de bienes inmuebles urbanos, cuyo valor catastral sea inferior a 12.000 euros, se computarán al 50 % de dicho valor, y en los casos de copropiedad de un bien inmueble heredado, cuya titularidad sea compartida con personas ajenas a su unidad familiar, se excluirá del cómputo cuando el valor catastral de su parte sea inferior a dos anualidades del 80 % del IPREM.
3.- Medidas para la mejora del procedimiento
Las medidas incluidas en el Decreto-Ley mejoran el procedimiento, ya que se reconoce el nacimiento del derecho y consiguiente devengo de la prestación desde el mes siguiente a producirse la solicitud, en lugar de los tres meses actuales.
Al mismo tiempo, se reduce a un mes el periodo de suspensión de la prestación cuando no se renueve el alta como demandante de empleo.
Además, se fomenta la inserción laboral de los beneficiarios de estas prestaciones al facilitar la reanudación automática de su percepción una vez finalizada la actividad laboral cuando el beneficiario la tuviera suspendida por obtener ingresos de dicha actividad.
LA RED DE PROTECCIÓN A LAS FAMILIAS AFECTADAS POR LA CRISIS EN 2015
La Red de Protección a las familias, puesta en marcha por la Junta de Castilla y León en 2013, ha ofrecido respuestas concretas y urgentes a las necesidades de una media de 150.000 castellanos y leoneses al año. La Red está compuesta por 23 programas y 300 agentes y la Junta destinó a ella en 2015 un gasto cercano a los 160 millones de euros. Los datos que presenta la Red de Protección en 2015 en sus programas más relevantes son los siguientes:
RENTA GARANTIZADA DE CIUDADANÍA
En Renta Garantizada de Ciudadanía, durante 2015 fueron 37.529 los beneficiarios de esta prestación, lo que supone un incremento del 10,7 % respecto a 2014 y 3.617 beneficiarios más.
SERVICIO DE ENTREGA DE ALIMENTOS
En 2015 el servicio de entrega de alimentos atendió a 22.988 personas, un 12 % menos que en 2014. Las llamadas urgentes al teléfono 012 por falta de alimentos se han reducido un 73 % en el último año, hasta las 489, dato que pone de manifiesto que, una vez satisfechas las necesidades urgentes, las familias pasan a ser atendidas en el ámbito ordinario de la Red de Protección, donde reciben productos de forma periódica y adaptada a sus necesidades.
SERVICIO INTEGRAL DE APOYO A LAS FAMILIAS EN RIESGO DE DESAHUCIO
Los resultados de este servicio han permitido que ninguna familia de las atendidas durante 2015 haya tenido que afrontar un desalojo forzoso. El servicio atendió en 2015 a 2.172 familias, que suponen 5.856 personas, un 19 % menos que en 2014. Durante 2015 el servicio integral, además de las situaciones propias de la vivienda, detectó la necesidad de 2.222 prestaciones, que se facilitaron a sus usuarios, un 13,2 % menos que en 2014. El 100 % de las familias que acudieron a este servicio en 2015 recibieron apoyo profesional y soluciones individualizadas.
AYUDAS ECONÓMICAS PARA NECESIDADES DE URGENCIA SOCIAL
Respecto a las ayudas económicas para atender las necesidades de urgencia social, en 2015 necesitaron estas ayudas 27.024 ciudadanos, un 9 % menos que en 2014. El Acuerdo Marco establece una financiación de 9,27 millones de euros para atender al pago de estas ayudas en el periodo 2015-2016. En total hubo 10.579 prestaciones en 2015 para ayudas de emergencia social, lo que significa una disminución del 8,5 % respecto a 2014.
Desglosando por modalidades las ayudas de urgencia social se constata que 5.971 personas necesitaron ayudas para alimentos, un 27,8 % menos que en 2014; 7.960 personas necesitaron ayudas para necesidades básicas de vivienda como luz o agua, un 3,4 % más respecto al año anterior; 10.231 personas necesitaron ayudas para pago de alquiler, un 14 % menos respecto a 2014; 1.610 personas necesitaron ayudas para gastos destinados a hacer frente las cuotas hipotecarias, un 40 % menos respecto al año anterior, y 4.565 personas necesitaron ayudas para otros conceptos como cuidados personales, acondicionamiento del hogar o enseres, un 39,8 % menos respecto a 2014.
La disminución en las ayudas de urgencia social responde a varios factores: al hecho de que las ampliaciones de cobertura y flexibilización en la Renta Garantizada de Ciudadanía ha provocado un trasvase de beneficiarios desde las ayudas de urgencia a ayudas estables y permanentes como la Renta Garantizada de Ciudadanía; que las ayudas para el pago de alquiler y cuotas hipotecarias disminuyen al experimentar la Comunidad la mayor reducción en ejecuciones hipotecarias a nivel nacional según el INE, y el buen funcionamiento del servicio de distribución ordinaria de alimentos, lo que permite canalizar las necesidades de alimentación a través de este servicio de forma normalizada.