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‘TOMA LA PALABRA’ PROPONE UN REGLAMENTO DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA PARA LA DIPUTACIÓN DE VALLADOLID

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El objetivo es construir las bases de una administración más abierta y más permeable a las necesidades de la ciudadanía
La propuesta más novedosa es la que se refiere a la participación en los Plenos de asociaciones y personas a título individual

Salvador Arpa y Esther Míngez, diputados de 'Toma la palabra'.

Pueblosycomarcas.com

‘Toma la Palabra’ propone  un reglamento de participación ciudadana para la Diputación de Valladolid cuyo objetivo es “construir las bases de una administración más abierta y más permeable a las necesidades de la ciudadanía que oriente la actuación de la institución hacia la democracia participativa”.

La propuesta más novedosa es la que se refiere a la participación en los Plenos de asociaciones y personas a título individual. Las asociaciones inscritas en el Registro Provincial de Asociaciones de la Diputación podrían efectuar una exposición ante el Pleno, en relación con algún punto del Orden del Día en cuya tramitación administrativa hubiera intervenido como interesado. Mientras que para las personas a título individual, una vez finalizada la sesión ordinaria del Pleno, se podría abrir un turno de ruegos y preguntas. Gracias a estas nuevas fórmulas, la ciudadanía, ya sea individual o colectivamente, podría dirigirse al Pleno, en la forma que establezca el reglamento, a fin de que se recojan sus inquietudes, propuestas y preguntas, siempre que se refieran a temas relacionados con la gestión, los servicios públicos o temas sociales.

Asimismo, ‘Toma la Palabra’ considera que toda la ciudadanía tiene derecho a ser consultada directamente sobre asuntos de su interés, así como a promover la consulta popular o referéndum. La Diputación podría convocar consulta popular o referendos por petición colectiva, mediante el correspondiente pliego de firmas de un número de personas censadas en la provincia de Valladolid, mayores de edad, no inferior al diez por ciento del censo electoral provincial (descontando a los municipios menores de 20.000 habitantes).

 

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