Los padres de los niños que nazcan en el Hospital Clínico no tendrán que acudir al Registro Civil
Con esta medida, que entrará en vigor el próximo 15 de octubre, no será necesario que los padres de los recién nacidos acudan al Registro Civil a inscribir a sus hijos. El pilotaje de este nuevo sistema se realiza en colaboración con el Ministerio de Justicia.
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El Hospital Clínico Universitario de Valladolid ha sido el centro elegido en Castilla y León para iniciar el pilotaje de la nueva tramitación telemática destinada a inscribir en el Registro Civil los nacimientos que ocurran en centros sanitarios. Está previsto que el resto de hospitales de Sacyl se incorporen de manera escalonada antes de acabar el año.
Mediante esta medida, que será siempre opcional, se pretende liberar a los progenitores de la carga de acudir al Registro Civil, además de facilitar un medio seguro, ágil y eficaz de comunicación del hecho del nacimiento, lo que supondrá una mejora en rapidez y comodidad para el ciudadano y una fórmula más eficiente de gestión.
El pilotaje de este nuevo sistema se está llevando a cabo con coordinación entre el Ministerio de Justicia (www.mjusticia.gob.es/cs/Satellite/Portal/es/menos-tiempo-para-tramites ), la Gerencia Regional de Salud y el propio Hospital Clínico, que ha realizado los preparativos necesarios tanto de medios humanos como técnicos para la puesta en marcha del protocolo a partir del 15 de octubre.
Este protocolo de registro de los nacimientos establece que la solicitud de tramitar la inscripción en el Registro Civil se circunscribe únicamente a los nacimientos acaecidos en el propio hospital, y que la decisión de realizar dicha tramitación en el mismo o personarse en el Registro Civil corresponderá al usuario, según sus preferencias.
La normativa indica que el registro se realizará por personal debidamente formado y autorizado, cuya función será la de tramitador de la solicitud a través de un aplicativo informático, garantizándose en todo momento que la información se envía de forma adecuada, segura y conforme a la normativa vigente.
Los usuarios serán informados por el personal de la documentación a presentar, que de forma genérica incluirá el certificado médico del nacimiento firmado por el facultativo que haya atendido el parto, los documentos identificativos válidos y vigentes del declarante, de uno o de ambos progenitores, el libro de familia o el certificado de matrimonio y el borrador firmado del formulario oficial de solicitud de inscripción.
Otro aspecto importante es que la solicitud deberá realizarse dentro de las 72 horas siguientes al nacimiento, y el hospital ofrecerá un horario accesible para realizar el trámite. En el caso del Clínico de Valladolid, las previsiones iniciales para atención al público serán todos los días por la mañana.
Según los cálculos del Ministerio de Justicia, cerca de un 85 % de los nacimientos producidos en los centros sanitarios cumplirán los requisitos para optar a la tramitación telemática de solicitud de registro, encontrándose entre los supuestos excluidos de la misma situaciones tales como los nacimientos en los que la determinación de la filiación precise intervención judicial; la minoría de edad de los progenitores o tutela legal de los mismos; la carencia por parte de los progenitores de documento de identidad válido; o que ambos progenitores sean extranjeros y de distintas nacionalidades.