Las solicitudes al Fondo de Liquidez para pymes y autónomos afectados por la crisis de la Covid-19 de Medina ya pueden solicitarse
- Promueve otorgar ayudas de hasta 1.500 euros a pymes y autónomos del comercio minorista, y negocios vinculados al ocio, la cultura y la hostelería en la villa
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Las solicitudes al Fondo de Liquidez, creado por el Ayuntamiento de Medina del Campo, para pymes y autónomos afectados por la crisis de la Covid-19, podrán solicitarse a partir de este jueves 22 de julio de 2021, en el Consistorio adjuntando los anexos que estarán publicados en la web del Consistorio, o bien en el Área de Desarrollo Local del Ayuntamiento. Las bases definitivas eran aprobadas en la Junta de Gobierno Local celebrada el pasado viernes y de esta forma, el Ayuntamiento habilitará una partida presupuestaria de 500.000 euros, de los cuales 250.000 se contemplan en el presupuesto y otros 250.000 en los remanentes.
El Fondo de Liquidez tiene como fin contribuir a minimizar los efectos económicos que sobre el tejido empresarial de nuestro municipio han ocasionado los decretos del estado de alarma y posteriores normas aprobadas como consecuencia de la emergencia sanitaria; especialmente sobre aquellos autónomos y empresas del pequeño comercio y hostelería, radicados en Medina del Campo y que han sido los grandes damnificados por la pandemia.
Este Plan se une a otras medidas municipales de carácter comercial, tributario y social ya adoptadas y comprende la convocatoria pública para la concesión de subvenciones dirigidas a lograr que se produzca, lo antes posible, la reactivación de la economía, otorgando liquidez al pequeño comercio y hostelería medinenses. Se trata de contribuir a facilitar el cumplimiento de sus obligaciones empresariales y el mantenimiento de la actividad y el empleo, así como amortiguar la reducción drástica de ingresos.
El Consistorio medinense ha puesto en común las bases de esta convocatoria con Círculo de Progreso, hosteleros y otros colectivos del pequeño comercio de la localidad, con el fin de que puedan beneficiarse tanto personas físicas como jurídicas, así como asociaciones civiles y comunidades de bienes, con local comercial abierto a la fecha de la solicitud de la subvención que cumplan con los requisitos establecidos y cuenten en su plantilla con menos de 25 trabajadores.
DISTRIBUCIÓN DE LAS CUANTÍAS
Los autónomos o personas jurídicas sin trabajadores podrán acceder a una cuantía de 600 euros. En el caso de quienes tengan contratados hasta tres empleados indefinidos accederán a un máximo de 1.000 euros y en el caso de empresas formadas por entre cuatro y 25 trabajadores indefinidos, 1.500 euros.
La subvención contempla aspectos como los gastos soportados y pagados, cuyas facturas y pagos sean desde el 1 de abril de 2020 hasta la fecha de presentación de la solicitud.