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Un investigado por la mutilación de crestas y barbillas a unos ejemplares de gallos de la raza combatiente española

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  • En la inspección a las instalaciones se han localizado 21 aves, 15 gallos y 6 gallinas de la raza Combatiente Español y cruce de éstos con raza Fénix
  • Además, se han formulado diversas denuncias administrativas por carencia total de cualquier tipo de autorización, licencias, permiso o comunicación a las distintas autoridades locales y autonómicas

 

 

Pueblosycomarcas.com@PueblosComarcas

La Guardia Civil de Valladolid ha investigado en el día de hoy a un varón, de 43 años por la comisión de un delito contra los animales por la mutilación de crestas y barbillas a unos ejemplares de gallos de la raza combatiente español sin informe veterinario.

El pasado 16 de enero la Guardia Civil de Valladolid, tras recibir información de la Guardia Civil de Soria, sobre la denuncia presentada en Soria por el titular, de una explotación, por el robo de varios gallos en unas instalaciones de Valladolid, abrió diligencia por un presunto delito de maltrato animal dando conocimiento a la Fiscalía Delegada de Medio Ambiente y Urbanismo de la Audiencia Provincial de Valladolid. Este hecho ha generado una gran repercusión mediática tanto en redes sociales como en diversos medios de comunicación.

La Guardia Civil de Valladolid, como parte de la investigación, el pasado 22 de enero realizó una inspección de las instalaciones en colaboración con los Veterinarios de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural de la Junta de Castilla y León, en una explotación de gallos ubicada en la localidad de Valladolid.

En el lugar se inspeccionaron 21 aves, 15 gallos y 6 gallinas de la raza combatiente español en su mayoría y algún cruce de las razas combatiente español-fénix.

Cinco de estos gallos presentaban las crestas y las barbillas amputadas sin acreditar que dicha amputación se debe a causas terapéuticas o de diagnóstico. Estos animales corresponden con los gallos sustraídos y posteriormente recuperados en la localidad de Soria. El resto de los animales se encontraban en condiciones aceptables.

Estas intervenciones están reguladas en el apartado 2 del artículo 7, de condiciones de bienestar animal del R.D. 637/2021, de 27 de julio, por el que se establecen las normas básicas de ordenación de las granjas avícolas.

De los hechos inspeccionados se desprendió la carencia total de cualquier tipo de autorización, licencias permiso o comunicación a las distintas autoridades locales y autonómicas, por lo que se han instruido las diversas denuncias administrativas observadas como:

  • No tener dado de alta un corral doméstico, no comunicación ambiental al ayuntamiento de Valladolid. Infracción al Decreto Legislativo 1/2015, de 12 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de prevención ambiental de Castilla y León.
  • No presenta la inscripción en el registro de explotaciones ganaderas (REGA) de Castilla y León, regulado en la Ley 8/2003, de 24 de abril de sanidad animal, ni dispone de libro de registro de explotación ganaderas y la Orden 1138/2012, de 14 de diciembre, por la que se regula el Registro de explotaciones ganaderas de Castilla y León.
  • No dispone de documentación que acredite que dicha amputación se debe a causas terapéuticas o de diagnóstico, establecida por el apartado 2 del artículo 7, de condiciones de bienestar animal del R.D. 637/2021, de 27 de julio, por el que se establecen las normas básicas de ordenación de las granjas avícolas.

Asimismo, se están realizando gestiones con la empresa titular de la finca para conocer la legalidad de la situación de la explotación.

Los animales han quedado inmovilizados en el lugar debido a la imposibilidad de encontrar una ubicación que cumpla con las condiciones higiénico-sanitarias y de seguridad y en aplicación de la normativa sectorial regulada en el artículo 8 de la Ley 8/2003, de 24 de abril de Sanidad Animal, con restricción, de entradas y salidas desde y hacia esta ubicación.

Este delito está tipificado en el Código Penal en su Artículo 340 bis y puede ser castigado con la pena de prisión de tres a dieciocho meses o multa de seis a doce meses y con la pena de inhabilitación especial de uno a tres años para el ejercicio de profesión, oficio o comercio que tenga relación con los animales y para la tenencia de animales.

Las diligencias han sido entregadas en el Juzgado de Instrucción de Guardia y a la Fiscalía Delegada de Medio Ambiente y Urbanismo de la Audiencia Provincial de Valladolid, si bien se continúa con las investigaciones.

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