Educación destina 150.000 euros para la adquisición de dispositivos digitales
- Las ayudas serán de 90, 65 y 40 euros, al depender de la renta per cápita de la unidad familiar
- La Administración educativa autonómica introdujo ya en la pasada convocatoria modificaciones para beneficiar a los estudiantes que más lo necesiten
Pueblosycomarcas.com; @PueblosComarcas
La Consejería de Educación pretende con esta nueva convocatoria de ayudas para la adquisición de dispositivos digitales facilitar al alumnado su adquisición para su uso en clase. Así, esta línea de ayudas compensará parcialmente los gastos ocasionados, en aras a promover la equidad y la igualdad de oportunidades.
El pasado curso 2018-2019, la Consejería de Educación concedió 1.007 ayudas de este tipo con un presupuesto de 64.245 euros, de forma que todas las solicitudes que cumplían los requisitos establecidos en la orden de convocatoria resultaron beneficiarios de la ayuda. Esta iniciativa permite ampliar el concepto de aula, extendiendo las tareas educativas más allá de su espacio físico y horario tradicionales, y posibilitando la conectividad a cualquier hora y en cualquier lugar, con el fin de que pueda llegar a ser un elemento que propicie el trabajo colaborativo y aumente la participación y motivación del alumno hacia su propio aprendizaje.
En esta misma línea, la Administración educativa autonómica ya introdujo en la pasada convocatoria, varias modificaciones para tratar de beneficiar a las familias que más lo necesiten y de optimizar el uso de los recursos públicos disponibles. Así, se amplió el objeto subvencionable, no ciñéndose estrictamente a las tabletas, como se hizo inicialmente, sino admitiendo también otros tipos de dispositivos digitales cuyo uso se ha ido introduciendo progresivamente en las aulas.
Podrán ser beneficiarios de estas ayudas el padre, la madre o el tutor legal de los alumnos que cursen Educación Primaria o Educación Secundaria Obligatoria, siempre que las rentas obtenidas por los miembros de la unidad familiar en el año 2018 no superen para una familia de dos miembros, 18.410,60 euros; de tres, 24.075,40 euros; de cuatro, 29.740,20 euros; de cinco, 35.405 euros; de seis, 41.069,80 euros; de siete, 46.734,60 euros; y de ocho, 52.399,40 euros. A partir del octavo, se incrementará la renta máxima en 5.664,80 euros por cada nuevo miembro. Unos valores que se acercan más a los reales de la media de renta en Castilla y León y se favorece especialmente el primer tramo de miembros de la unidad familiar monoparental.
Asimismo, la Consejería de Educación ha establecido procedimientos especiales para atender de forma preferente a aquellas familias que estén en situación de riesgo de exclusión social por situación de privación severa, al no disponer de ingresos superiores a una cuantía mínima. Estas disfrutarán de un tratamiento favorable, mediante la aplicación de un coeficiente divisor de 1,2 para el cálculo de la renta per cápita familiar, que les priorizará en la concesión de las ayudas.
Finalmente, se establecen tres intervalos de renta per cápita, a cada uno de los cuales corresponderá una cuantía diferente de las ayudas contempladas en esta convocatoria, sin que en ningún caso pueda concederse una ayuda por importe superior al gasto. Así, para magnitudes inferiores a los 2.500 euros, se obtendrá una beca de 90 euros; para magnitudes entre 2.500 y 3.500 euros, ambos inclusive, de 65 euros; y para magnitudes superiores a 3.500 euros, de 40 euros. En los casos en que los alumnos tengan expediente de protección abierto por la Gerencia de Servicios Sociales, la cuantía de la ayuda a conceder será la máxima establecida.
REQUISITOS Y CRITERIOS DE CONCESIÓN
La convocatoria, gestionada a través de la dirección General de Innovación y Formación del Profesorado, establece que los dispositivos digitales únicamente serán subvencionables a través de esta línea de ayudas cuando el director del centro docente acredite la necesidad de su uso en clase para el tratamiento de recursos didácticos digitales de acuerdo con el plan de integración de las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC) del colegio o instituto. También es requisito imprescindible que se trate de modelos que reúnan las características especificadas en la convocatoria y adquiridos en el periodo comprendido desde el 24 de junio de 2018 hasta la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Asimismo, para la concesión de estas ayudas será obligatorio acompañar a la solicitud la factura justificativa de la adquisición de, dispositivo digital correspondiente al alumno para el que se solicita la ayuda. La factura, una por alumno, se expedirá a nombre del padre, madre o tutor, indicando el curso o enseñanza en la que se va a usar el dispositivo.
Las solicitudes, también una por cada estudiante, se formalizarán conforme al modelo que se encuentra en la sede de Administración electrónica , en el Portal de Educación , en la Consejería de Educación, en las direcciones provinciales de Educación y en los puntos de atención al ciudadano de la Junta. Se podrán presentar hasta el 10 de diciembre tanto de manera presencial, en la secretaría del centro donde esté matriculado el alumno, o de forma electrónica.