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El TSJCyL confirma la absolución de un hombre acusado de abusar de su nieta, de 8 años

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  • La Sala de lo Civil y Penal de este Tribunal Superior de Justicia ha visto en segunda instancia la causa procedente de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Valladolid, sección segunda, ratificando la absolución dictada por ésta al no quedar acreditados los abusos a la menor

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El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha confirmado la absolución de un hombre, vecino de Valladolid, que había sido acusado de abusar de su nieta, de 8 años, aprovechando las estancias que pasaba con ella en su domicilio.

La Sala de lo Civil y Penal de este Tribunal Superior de Justicia ha visto en segunda instancia la causa procedente de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Valladolid, sección segunda, ratificando la absolución dictada por ésta.

Según la sentencia de la Audiencia Provincial de Valladolid no consta acreditado que a lo largo del año 2.019, época en que el acusador tuvo por las tardes en su compañía a sus nietos en su domicilio vagina de la menor “con ánimo libidinoso” ni que con idéntico ánimo quitara los leotardos a referida menor y la sentara en su regazo de espaldas a él, realizando movimientos hacia delante y atrás de contenido sexual, frotando sus genitales sobre el cuerpo de ella.

“No constando suficientemente acreditado que el acusado, igualmente en ese período de tiempo y lugar, aprovechando que la menor se encontraba jugando o pintando, se situara detrás de ella y frotara sus genitales en el cuerpo de la menor.  Y tampoco consta suficientemente acreditado que el acusado, en el mismo espacio temporal y lugar, cuando él iba a su habitación a ver la televisión allí instalada, a causa de que los menores se quedaban viendo dibujos animados en otra ubicada en el salón, aprovechase que la menor iba a su habitación a estar con él, para cerrar con pestillo la puerta y así impedir el acceso a K vistiese con una falda a la menor y frotase sus genitales en el cuerpo de ella, con movimientos de carácter sexual” continúa la citada sentencia.

El TSJCyL ha fallado la desestimación  íntegra del recurso de apelación interpuesto por la Acusación Particular y al que se adherió el Ministerio Fiscal, confirmando en sus propios términos la Sentencia de 29 de diciembre de dos mil veinte dictada por la Sección 2ª de la Audiencia Provincial de Valladolid por la que se acuerda la libre absolución del acusadi condenando al recurrente (denunciante) a las costas de esta instancia.

Finaliza el tribunal indicado que ante esta sentencia cabe recurso de casación por infracción de ley y por quebrantamiento de forma, que podrán prepararse en esta laSala dentro de los cinco días siguientes al de su última notificación, para su interposición ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo, con arreglo a la ley.

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