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El Gobierno mantiene rebajas fiscales en electricidad, alimentos y eficiencia energética

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  • Para dar respuesta a las tensiones económicas generadas por los conflictos internacionales
  • Se mantienen rebajas fiscales en la factura de la luz con un tipo reducido de IVA del 10% para todo el año 2024, además de conservarse la reducción en el Impuesto Especial sobre la Electricidad

 

Pueblosycomarcas.com@PueblosComarcas

El Consejo de Ministros ha aprobado hoy la prórroga de numerosas medidas tributarias que suponen un alivio fiscal para la población y las empresas, en la línea de las reformas o rebajas impositivas que se impulsaron desde el año 2021 para contrarrestar las consecuencias económicas de conflictos internacionales o las tensiones en los mercados energéticos. Todas ellas han quedado recogidas en el Real Decreto-ley por el que se adoptan medidas para afrontar las consecuencias económicas y sociales derivadas de los conflictos en Ucrania y Oriente Próximo, así como para paliar los efectos de la sequía. Un texto que supone rebajas en impuestos y beneficios fiscales por más de 2.500 millones de euros durante el año 2024.

Este paquete de medidas recoge las prórrogas de medidas que ya entraron en vigor en 2022 o empezaron su andadura en 2023. La evolución de la economía y de los precios ha experimentado mejoras precisamente en ese último año. Una evolución en la que han influido de manera significativa los sucesivos RDL aprobados por el Gobierno, que han supuesto un ahorro de más de 25.000 millones de euros tanto para la ciudadanía como para las empresas.

Aun así, el Ejecutivo es consciente de que la incertidumbre por la guerra y la inflación siguen atenazando la economía mundial. Por lo que se hace necesario prorrogar ayudas que expiran el próximo 31 de diciembre de 2023 durante 2024. Algunas de las cuales permanecerán durante todo el ejercicio, mientras que en otros casos se dispondrá un plazo de vigencia hasta el 30 de junio del próximo año.

FACTURAS DE LUZ Y GAS

En el ámbito de la energía, se mantiene la rebaja fiscal sobre el IVA de la electricidad que consumen los hogares. El tipo de IVA será el reducido del 10% sobre todos los componentes de la factura de las entregas de electricidad. Dicha medida abarcará todo el año 2024. Antes de la crisis energética, la tributación era del 21%.

Para la factura del gas se aplicará el mismo gravamen del 10%. Una rebaja fiscal que estará vigente del 1 de enero al 31 de marzo del próximo año. Este tipo de IVA se aplicará además a pellets, briquetas y leña, sustitutivos ecológicos del gas natural procedentes de biomasa y destinados a sistemas de calefacción. El periodo comprendido para aplicar dicha rebaja abarcará el 1 de enero de 2024 y el 30 de junio de ese mismo año. Antes de la crisis, el IVA en ambos casos era del 21%.

El Impuesto Especial sobre la Electricidad mantendrá asimismo una reducción en su tipo impositivo en el primer semestre de 2024. Durante el primer trimestre de ese año, el tipo del IEE quedará fijado en el 2,5%. En el segundo trimestre, este pasará al 3,8%. Este impuesto alcanzaba el 5,113% antes de que el Gobierno empezara a impulsar medidas.

En cuanto al Impuesto sobre el Valor de la Producción de la Energía, se impulsa una recuperación gradual del mismo tras el descenso de los precios de la electricidad y la normalización del mercado eléctrico. Durante 2024, la base imponible será el importe total que corresponda percibir al contribuyente por la producción e incorporación al sistema eléctrico de energía eléctrica. En el primer trimestre, esta base será minorada en la mitad de las retribuciones que correspondan a la electricidad incorporada al sistema. En el segundo, lo será en una cuarta parte de las retribuciones de la electricidad incorporada al sistema.

Todas estas medidas garantizarán el objetivo de mantener una reducción significativa de la factura de productos energéticos de los hogares, en particular durante el periodo invernal. Lo que se compaginará con la normalización de los precios de mercado, que han experimentado rebajas sustanciales con respecto a los periodos de mayor tensión, como el récord de los precios del mercado mayorista de 2021 y la invasión rusa en Ucrania iniciada en febrero de 2022.

IVA DE LOS ALIMENTOS

La rebaja impositiva sobre los alimentos que ha estado vigente todo 2023 se prorrogará hasta el 30 de junio de 2024. Las pastas y los aceites de oliva y semillas también seguirán con el IVA reducido del 5% como ya ocurría hasta ahora. Además, los considerados como alimentos de primera necesidad mantendrán un tipo de IVA del 0%. Esto afectará a los siguientes:

– El pan común, así como la masa de pan común congelada y el pan común congelado destinados exclusivamente a la elaboración del pan común.

– Las harinas panificables.

– Los siguientes tipos de leche producida por cualquier especie animal: natural, certificada, pasterizada, concentrada, desnatada, esterilizada, UHT, evaporada y en polvo.

– Los quesos.

– Los huevos.

– Las frutas, verduras, hortalizas, legumbres, tubérculos y cereales, que tengan la condición de productos naturales de acuerdo con el Código Alimentario y las disposiciones dictadas para su desarrollo.

Estas medidas que buscan seguir abaratando la cesta de la compra continuarán siendo únicamente para el consumidor. Por lo que dicha reducción no podrá dedicarse a incrementar márgenes de beneficios empresariales que puedan llevar a un encarecimiento de la cadena de producción.

EFICIENCIA ENERGÉTICA

El texto del RDL refuerza la apuesta del Gobierno por impulsar la rehabilitación energética de viviendas o edificios, al prorrogar las deducciones de IRPF vinculadas a las obras realizadas con ese fin. Por este motivo, se extiende hasta el 31 de diciembre de 2024 todas las medidas destinadas a las reformas que ayuden a realizar un consumo más sostenible de energía, ya sea en casas particulares o en bloques de vecinos.

Estas ayudas, vinculadas al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), permitirán deducirse un 20%, 40% o 60% de IRPF a quienes impulsen estas actuaciones sobre sus propiedades. Unos porcentajes sujetos al tipo de vivienda y a la profundidad de las obras que se realicen para lograr el objetivo de reducir el consumo y obtener los certificados correspondientes que así lo avalen.

Junto a lo anterior, hay que destacar la prórroga en la libertad de amortización para aquellas inversiones que utilicen energía procedente de fuentes renovables.

AUTÓNOMOS

El Ejecutivo continuará respaldando a los trabajadores autónomos con el mantenimiento de las ayudas y beneficios fiscales aprobados en los últimos años para facilitarles su labor. Para ello, se permitirá que apliquen el método de estimación objetiva para el cálculo del rendimiento neto de su actividad económica.

Esto evitará un incremento en sus obligaciones, al extenderse durante 2024 los límites cuantitativos que delimitan en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas el ámbito de aplicación del método de estimación objetiva.

La excepción son las actividades agrícolas, ganaderas y forestales, que ya dispone de un límite cuantitativo por volumen de ingresos específico. Lo mismo ocurrirá con el IVA, al prorrogarse el próximo ejercicio los límites para la aplicación del régimen simplificado y el régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca.

GRAVÁMENES ENERGÉTICO, BANCARIO Y DE SOLIDARIDAD

El RDL incluye la prórroga durante 2024 de los dos gravámenes temporales previstos en la Ley 38/2022, de 27 de diciembre, para el establecimiento de gravámenes temporales energético y de entidades de crédito y establecimientos financieros de crédito. Además, el RDL contempla la futura revisión de ambos gravámenes para su plena integración en el sistema tributario. De la misma manera, también se prevé una posible concertación con las comunidades de País Vasco y Navarra.

El texto plantea además el establecimiento en la Ley de Presupuestos Generales de 2024 de un incentivo para que los obligados al pago en el sector energético accedan al mismo si realizan inversiones estratégicas desde 1 de enero de 2024.

Por último, se prorroga la aplicación del Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas mientras no se produzca la revisión de la tributación patrimonial en las CCAA. Circunstancia que está vinculada a la reforma del sistema de financiación autonómica.

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