La oposición pide investigar “los abusos” del gobierno de Aldeamayor de San Martín con los contratos menores

  • PP, Centristas e IU TLP indican que se han multiplicado exponencialmente el uso de contratos menores en esta legislatura, “supuestamente para no sacar licitaciones públicas”

Roberto Martínez, Félix A. Calleja y Antonio Lambás, portavoces de PP, Centristas e IU-TLP.

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Los tres grupos de la oposición en el ayuntamiento de Aldeamayor, (Partido Popular, Centristas CCD-CI y Toma La Palabra Izquierda Unida) han registrado una moción conjunta de cara al pleno ordinario del mes de julio, para solicitar la creación de una comisión de investigación, sobre la contratación menor de los órganos de gobierno del ayuntamiento.

Para los grupos de la oposición, es un tema muy delicado ya que temen, “que posiblemente haya creada una red clientelar con posibles falsos autónomos”. Según éstos, el equipo de gobierno municipal formado por socialistas y ciudadanos ha aprobado más de 2,5 millones de euros de facturas irregulares en los últimos ejercicios.

En dicha moción, la oposición expone que a la vista del considerable número de contratos menores acordados por los distintos órganos de gobierno del Ayuntamiento durante el presente mandato, y teniendo en cuenta que el recurso a esta modalidad de contratación ha de ser excepcional, tal y como se recoge en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (LCSP), y en la Instrucción 1/2019, de 28 de febrero de 2019, de la Oficina Independiente de Regulación y Supervisión de la Contratación (OIReScon), se hace preciso el control y fiscalización por el Pleno de la Corporación.

Esta función, como remarcan desde los grupos de la oposición, viene recogida tanto en la legislación de régimen local (art. 20.1.c. Ley 7/10985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local), como en el propio reglamento orgánico del ayuntamiento que, en su artículo 68 prevé la posibilidad de: “Constitución de una Comisión Informativa Especial para la investigación de materia de gestión municipal específica.”, como medio de control y fiscalización por el Pleno de la actuación de los demás Órganos de Gobierno. Para su creación basta con el acuerdo del Pleno en forma de moción, con arreglo al artículo 97.3 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales (ROF), iniciativa definida igualmente en el Reglamento Orgánico del Ayuntamiento de Aldeamayor de San Martín en su Art. 62.

En cuanto a su composición, se habrá de estar al régimen propio de las comisiones, debiendo designar un presidente y un secretario para el impulso del plan de trabajo y la fe pública de los acuerdos. Se entiende que la presidencia ha de recaer en un miembro de la oposición, una buena práctica que no es inusual y que ofrecería a la ciudadanía un ejemplo de calidad democrática y de transparencia en la actuación municipal; y la secretaría en el Secretario del Ayuntamiento.

Del mismo modo entienden, que el carácter de las sesiones deberá ser público, salvo razones que motiven el secreto de las deliberaciones, debiendo dotarse a la comisión de los medios necesarios para el desarrollo de su función.

Por todo ello, los Portavoces de los Grupos Políticos, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 91.4 y 97.3 del ROF y del citado art. 62 del Reglamento Orgánico del Ayuntamiento, elevaran al Pleno de la Corporación del jueves 29 de julio para su consideración la siguiente, moción:

Primero.- Acordar la creación de una Comisión de Investigación sobre la contratación menor de los órganos de gobierno del Ayuntamiento de Aldeamayor de San Martín, en el presente mandato corporativo.

Segundo.- La comisión de investigación estará compuesta de igual forma que el resto de comisiones ordinarias del Pleno, y su presidencia recaerá en un miembro de los grupos de oposición a propuesta de estos, como ejemplo de transparencia y calidad democrática. Estarán asistidos por el Secretario General del Pleno en su actuación, que ejercerá a su vez de secretario de la comisión de investigación, levantando acta de las sesiones e impulsando la efectiva realización de lo acordado en ellas.

Tercero.- Dicha comisión de investigación finalizará con la emisión del oportuno dictamen, una vez culmine el programa de trabajo que se determine en su seno, para cumplir con el mandato plenario recogido en el punto primero.