El Ayuntamiento de Aldeamayor acata la sentencia que permite la instalación de un nuevo supermercado en la Carretera de La Pedraja

  • Y se pone a disposición de la empresa promotora para agilizar todas las tramitaciones necesarias para que el proyecto salga adelante cuanto antes
  • Desde el Ayuntamiento se señala que siempre se estuvo de acuerdo con el proyecto pero hubo que aceptar los informes técnicos desfavorables
Vista de la zona donde se va a instalar el supermercado.

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Con fecha de 26 de febrero de 2020, el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 3 de Valladolid ha dictado sentencia anulando un decreto del alcalde de Aldeamayor, Fernando de la Cal, que denegaba al grupo ‘La Iscariense’ la declaración de uso excepcional de suelo rústico en una parcela anexa a la carretera de La Pedraja para la instalación de un supermercado de la cadena LUPA,  junto al punto donde este mismo grupo empresarial tiene una estación de servicio.

La modificación fue llevada a pleno de la corporación la pasada legislatura siendo rechazada por decreto por el alcalde en base a los informes de los servicios técnicos municipales, informes rebatidos por los representantes legales de ‘La Iscariense’ en la demanda interpuesta contra esta decisión del consistorio ante el citado juzgado.

Desde el equipo de gobierno del Ayuntamiento de Aldeamayor se señala que “siempre se estuvo a favor de la instalación de este supermercado en el municipio, por entenderla necesaria, no compartiendo el contenido de los informes de los técnicos pero tampoco pudiendo actuar en sentido contrario administrativamente”. Además, se recuerda, que en el pleno de 31 de agosto de 2017 la modificación puntual del P.G.O.U. referente a “cambio de categoría de suelo rústico de la parcela 128 del polígono 8 y modificación de parámetros urbanísticos de suelo rústico” realizada a instancia de ‘La Iscariense’ salió aprobada con mayoría absoluta de 9 votos con la única abstención del portavoz de CCD, Félix A. Calleja Bolado.

En este sentido, el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 3 de Valladolid, en la exposición de motivos de la sentencia,  además de rebatir lo dicho por los informes técnicos, se apoya en una de las alegaciones realizada por los demandantes –el Grupo ‘La Iscariense’- que indica que  la concurrencia de interés público en la concesión de la autorización de uso excepcional en suelo rústico solicitada y la necesidad, por tanto, de la construcción del supermercado “queda finalmente acreditada por el hecho de que el Ayuntamiento de Aldeamayor de San Martín, pudiendo, no se haya personado en el procedimiento ni opuesto a la demanda presentada, lo que a juicio de esta parte no debe sino interpretarse en el sentido de que en el fondo considera de interés para dicho municipio la implantación del supermercado proyectado y, dicho coloquialmente aunque con todo respeto, no va por ello a ‘tirar piedras contra su propio tejado’ oponiéndose a la concesión de dicha autorización”.

Por ello el fallo concede la autorización de uso excepcional en suelo rústico para la implantación de la nave comercial para supermercado.

Tras este fallo, desde el equipo de gobierno municipal se acata la sentencia y se ponen a disposición de la empresa promotora para agilizar todas las tramitaciones necesarias para que el proyecto salga adelante.