Un juzgado de Valladolid da la razón a un vigilante de seguridad con trastorno paranoide

  • El profesional ha conseguido una incapacidad permanente total para su profesión habitual tras la negativa del INSS

 

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El Juzgado de lo Social nº 1 de Valladolid ha estimado la demanda de un vigilante de seguridad que presentaba un “trastorno paranoide de la personalidad y un trastorno psicótico con descompensaciones delirante de perjuicio y persecución”.

El vigilante de seguridad solicitó una incapacidad permanente total para el desempeño de su profesión habitual, cuestión que el INSS le denegó por entender que las lesiones que padece no alcanzaban “un grado suficiente de disminución de su capacidad laboral”.

Saúl Núñez Amado, abogado encargado del caso, ha sostenido que “pusimos de manifiesto las patologías psicóticas del paciente en relación con la actividad laboral que desempeña, la cual exige unas características de coherencia y autocontrol que, en este caso, no se dan”. En este sentido, ha manifestado que “si no es capaz de vigilar y salvaguardar su integridad, fruto de la psicosis paranoide, es prácticamente imposible que pueda desempeñar sus responsabilidades de cuidado al resto”.

El Juzgado tuvo en cuenta sus antecedentes médicos, así como la pericial aportada por el vigilante, donde se acreditaba que no disponía de “los suficientes recursos mentales como para adaptarse a las circunstancias estresantes del trabajo e interaccionar adecuadamente” con el resto de las personas con las que mantuviera contacto.