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TODO LO QUE DEBES SABER SOBRE LOS PRÉSTAMOS Y EL ASNEF

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El ASNEF es un fichero en el que se incluye a particulares y empresas morosas, a petición de una empresa con la que se haya contraído una deuda
El principal problema de estar en esta “lista negra” es que puede restringir en cierta medida nuestra capacidad para conseguir cualquier tipo de préstamo

Pueblosycomarcas.com@PueblosComarcas

El ASNEF es un fichero en el que se incluye a particulares y empresas morosas, a petición de una empresa con la que se haya contraído una deuda. Aunque no importa la cuantía de la misma, lo más común es que sean elevadas.

El principal problema de estar en esta “lista negra” es que puede restringir en cierta medida nuestra capacidad para conseguir cualquier tipo de préstamo. Esto es debido a que se nos considerará un cliente con un alto riesgo de impago.

Pero es posible conseguir un préstamo estando en el ASNEF, y si no tan sólo hay que visitar comparadores de préstamos rápidos cómo Freezl.es para darnos cuenta de ello.

Las empresas que pueden concedernos el préstamo, aunque estemos en registros de morosos, lo hacen según unas condiciones muy específicas que dependen de cada entidad. Lo más común es que no ocurra nada si la cantidad de la deuda es muy elevada; por ejemplo, si debemos unos 20-30 euros  a una compañía de teléfonos por no haber pagado un mes, es posible que no nos pongan ninguna traba.

Si la cantidad es inferior a los 800€, siempre y cuando tengamos las suficientes garantías de pago, en principio deberíamos poder acceder al dinero sin problema.

La cosa cambia cuando estamos hablando de cantidades un poco más elevadas: aquí seguramente sí que se nos pida algún aval.

Si la deuda contraída es de 2000 euros o superior, lo más probable es que ninguna entidad de créditos rápido nos ayude.

¿POR QUÉ NOS PUEDEN INCLUIR EN UN REGISTRO DE MOROSOS TIPO ASNEF?

Hay muchos motivos por los que nos pueden incluir en este registro, como los siguientes:

·Debe de existir la deuda y poder demostrarse. Esto quiere decir que tiene que existir una factura y que se tiene que haber pasado el plazo para pagarla. Por supuesto, tiene que ser un servicio disfrutado.

·No puede haber pasado 6 años desde que se contrajo la deuda.

·Debe existir un requerimiento de pago a la persona que tenga que satisfacerla. Si no existe tal documento, no se podrán incluir los datos personales del deudor en el fichero de impagos (de hecho, muchas veces se juega esta baza para sacar a una persona del ASNEF).

En principio, si la deuda no es muy elevada, podrás pedir el crédito sin problema.

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