La Sección Segunda de la Audiencia Provincial ha condenado a la exalcaldesa de Boecillo por un delito de prevaricación

  • La Sala absuelve a la exregidora de los restantes delitos de prevaricación por los que ha sido juzgada, de los delitos de malversación de caudales públicos y delitos contra los derechos de los trabajadores

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La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Valladolid ha condenado a la exalcaldesa de Boecillo por un delito de prevaricación.

Según fuentes jurídicas, el fallo de la sentencia señala que los miembros de la sala “condenan a la acusada, como autora de un delito de prevaricación administrativa (art. 404 del Código Penal), sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público de carácter electivo y para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo por tiempo de nueve años, así como a una décima parte de las costas de este proceso, incluidas las de la acusación particular”.

Por otro lado, la salda absuelve a M. Á. R. B. de los restantes delitos de prevaricación, de los delitos de malversación de caudales públicos y delitos contra los derechos de los trabajadores que se le imputaban, con declaración de oficio de nueve décimas partes de las costas.

Contra la sentencia cabe RECURSO DE APELACION ante la Audiencia Provincial de Valladolid para ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia dentro de los diez siguientes al de la última notificación de la sentencia que se tramitará conforme a lo establecido en los arts.790,791 y 792 de la LECR.