La Junta publica una guía de actuación para garantizar la seguridad de los jóvenes que participen en actividades de ocio y tiempo libre

  • El Marco General recoge que las actividades juveniles de tiempo libre solo se podrán reanudar una vez iniciada la fase 3, siempre que se garantice el cumplimiento de las recomendaciones de prevención e higiene del Ministerio de Sanidad

Pueblosycomarcas.com@PueblosComarcas

El Instituto de la Juventud de Castilla y León ha publicado una guía de obligado cumplimiento por parte de las empresas dedicadas a la realización de actividades juveniles de ocio y tiempo libre en la Comunidad durante la fase 3 del plan para la transición hasta alcanzar la nueva normalidad. Estas normas, adaptadas a los nuevos requisitos sanitarios, serán de aplicación también en los campamentos de verano programados por el Gobierno autonómico bajo la denominación de ‘Rural Camps CyL’, en los que podrán participar 1.800 jóvenes de entre 12 y 17 años.

La Guía, que se puede consultar en la web de la Junta de Castilla y León, en el apartado de Juventud ( Guía para la realización de las actividades juveniles de tiempo libre que se celebren en Castilla y León durante la Fase 3 del Plan para la transición hasta alcanzar la nueva normalidad), se ha realizado siguiendo las recomendaciones e instrucciones de la Dirección General de Salud Pública, dependiente de la Consejería de Sanidad de la Junta de Castilla y León, pudiendo ser objeto de modificación en función de los cambios normativos del proceso de desescalada, ya sean estatales o autonómicos.

El Marco General recoge que las actividades juveniles de tiempo libre solo se podrán reanudar una vez iniciada la fase 3, siempre que se garantice el cumplimiento de las recomendaciones de prevención e higiene del Ministerio de Sanidad, sin perjuicio del obligado cumplimiento de la normativa relativa a actividades juveniles de tiempo libre vigente en Castilla y León. Además, cuando el desarrollo de las actividades previstas se lleve a cabo al aire libre, se deberá limitar el número de participantes al 50 % de la capacidad máxima habitual de la actividad, con un máximo de doscientos participantes, incluyendo los monitores, mientras que en espacios cerrados, el número de participantes se limitará a un tercio de la capacidad máxima habitual de la actividad, con un máximo de ochenta participantes, incluyendo los monitores.

La Guía recoge también las medidas para el uso de instalaciones, aseos, vestuarios, duchas, comedor, etc., así como sus condiciones de limpieza e instalación, y el protocolo a seguir por el personal de limpieza y de cocina, así como las normas de obligado cumplimiento para el uso de piscinas, del material de las actividades y de los medios de transporte. Además, recoge las medidas a aplicar en actividades que no incluyan pernoctación, y las que incluyan hasta un máximo de cuatro pernoctaciones en acampadas o cinco o más en campamentos. Para ello especifica las características y medidas de seguridad para habitaciones y dormitorios compartidos, tiendas de campaña u otros lugares de pernocta.