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La Junta informa a los alcaldes de los municipios incluidos en el área funcional estable de Medina del Campo

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El área funcional estable de Medina del Campo, con 21 municipios y 31.022 habitantes, es junto a la de Valladolid-Laguna de Duero, que integraría a 22 municipios y 407.117 habitantes, una de las dos  propuestas por la Junta de Castilla y León para la provincia de Valladolid.

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El director de Ordenación del Territorio y Administración Local, Luis Miguel González Gago, y el delegado territorial, Pablo Trillo-Figueroa, han mantenido hoy un encuentro con los alcaldes de los 21 municipios incluidos en el área funcional estable de Medina del Campo y su entorno, que afecta a 31.022 habitantes.

El objetivo de la reunión de hoy ha sido trasladar a cada alcalde de los municipios que pueden integrar esta área funcional estable qué supone para su municipio formar parte de ella y dar formalmente audiencia para conocer su parecer. Los municipios disponen de un plazo de contestación hasta el 11 de septiembre de 2014, para formular las observaciones o sugerencias que estimen oportunas.

La Junta de Castilla y León quiere seguir impulsando activamente uno de los grandes proyectos del Gobierno de esta comunidad autónoma para la presente legislatura, el nuevo modelo de ordenación del territorio. Desde el diálogo y el consenso ya se han alcanzado importantes acuerdos entre los principales agentes políticos, sociales y económicos, lo que ha permitido la aprobación -por la inmensa mayoría de los representantes de las Cortes de Castilla y León- de la Ley 7/2013, de 27 de septiembre, de Ordenación, Servicios y Gobierno del Territorio de la Comunidad de Castilla y León.

En el Debate de Política General sobre el estado de la Comunidad, celebrado a finales de junio de este año, se aprobó una Resolución que instaba a desarrollar la citada Ley en lo que afecta a las áreas funcionales estables de la Comunidad, por lo que, para hacer efectivo su cumplimiento, el consejero de la Presidencia, José Antonio de Santiago-Juárez, convocó a los alcaldes de los municipios con más de 20.000 habitantes el pasado 8 de julio.

Áreas funcionales estables

Las áreas funcionales estables son espacios territoriales, espacios geográficos que se conforman por los términos municipales de los municipios con más de 20.000 habitantes y los de aquellos municipios de su alfoz. Estas áreas no forman por sí mismas ninguna entidad, ni asociación, ni corporación, ni administración; solo son espacios delimitados físicamente. Por lo tanto, desde esta perspectiva, la pertenencia al área funcional estable no genera ninguna obligación a los municipios y, por el contrario, pueden beneficiarse de actuaciones futuras concretas.

Desde el punto de vista de la comunidad autónoma, y en el ejercicio de sus competencias, estas áreas facilitarán y permitirán a la Junta planificar sus políticas y concretar qué actuaciones son necesarias en esos espacios territoriales, a través de la aprobación de las correspondientes Directrices de ordenación de ámbito subregional.

Desde la perspectiva de las políticas municipales, estas áreas constituirían el ámbito territorial sobre el que, en un futuro, y de forma totalmente voluntaria para cada municipio, pueden constituirse las Mancomunidades de Interés General (MIG) Urbanas, fórmula asociativa que ya es conocida en la actualidad por todos para prestar mejor y más eficientemente determinados servicios municipales.

La característica especial de estas MIG Urbanas, además de la voluntariedad en su pertenencia, es que cada municipio podrá adherirse a todos, uno, o varios de sus servicios, en el momento que considere oportuno, cuando entienda que su prestación es mejor de manera asociada, quedando a la libre decisión de los municipios que las integran la determinación en los estatutos de cuáles son los fines de estas MIG Urbanas.

Además, el hecho de estar en un área funcional estable y, en su caso, crear en un futuro una MIG Urbana, no impide a estos municipios del alfoz la pertenencia a la vez, y si también voluntariamente lo desean, a la correspondiente Mancomunidad de Interés General Rural que se haya podido crear en esa zona sin la presencia del municipio de más de 20.000 habitantes.

Para permitir hacer efectivas las posibilidades que se abren a los municipios en un futuro próximo, la Consejería de la Presidencia ha iniciado los trámites para la declaración de las áreas funciones estables, que deberán ser aprobadas por las Cortes de Castilla y León.

Se presentó también el mapa y el listado de los municipios que pertenecerían al área funcional estable, por aplicación de los criterios expresamente recogidos en el artículo 8.2 la Ley de Ordenación, Servicios y Gobierno del Territorio de la Comunidad de Castilla y León: “El área funcional estable quedará constituida por cada una de las unidades básicas de ordenación y servicios del territorio urbanas y sus municipios colindantes inmediatos, así como por los colindantes de estos últimos siempre que estén a una distancia aproximada de 15 kilómetros del municipio de mayor población”.

En el espacio de participación de Gobierno Abierto de la Junta de Castilla y León, cualquier ciudadano también puede aportar sus sugerencias. Dispone de un plazo idéntico al de la audiencia habilitada para los municipios, el 11 de septiembre de 2014. El enlace es este: http://participa.jcyl.es/forums/258635.

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