La Junta amplía el plazo de solicitud de la línea de apoyo de hasta 200.000 euros a las explotaciones agrarias e industrias agroalimentarias destinada a paliar los efectos de la COVID-19

  • Se avalarán préstamos exclusivamente para capital circulante, sin la necesidad de vincularse a inversión a través del instrumento financiero Feader hasta el 31 de diciembre de 2021
  • Las solicitudes de los préstamos garantizados por el instrumento financiero Feader se presentan en las entidades financieras

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La Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural ha publicado en el Boletín Oficial de Castilla y León (Bocyl) de ayer martes la modificación de la Orden que en Castilla y León regula el Instrumento Financiero, estableciendo como fecha límite para solicitar este tipo de préstamos el 31 de diciembre de 2021.

En la crisis generada por la COVID-19, el sector agrario y agroalimentario ha dado buena respuesta a la demanda alimentaria, poniendo de manifiesto que las explotaciones agrícolas y ganaderas, así como la industria agroalimentaria, son fundamentales en el suministro de la cadena alimentaria. Pero la baja demanda en el canal de restauración, principalmente, ha generado en algunos casos problemas tanto en producción como en la industria de transformación.

La Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural tiene en marcha desde 2018 el instrumento financiero en el marco del Programa de Desarrollo Rural 2014-2020 apoyado por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader). Castilla y León fue la primera comunidad autónoma de España, y de las primeras en Europa, en poner a disposición del sector agrario y agroalimentario este tipo de apoyo financiero, novedoso en el marco de las ayudas, ya que permite apoyar actuaciones íntegramente con préstamos garantizados o combinar el apoyo del Instrumento Financiero con subvención a fondo perdido.

Tras la puesta en marcha, la evolución de los préstamos formalizados determina que el Instrumento se configura como una herramienta relevante para apoyar actuaciones en el sector agrario y agroalimentario. Este aspecto se pone de manifiesto porque, a fecha actual, el importe formalizado de préstamos garantizados está cercano a los 75 millones de euros correspondientes a 357 solicitudes, los cuales se destinan a apoyar inversiones en explotaciones agrarias y en industria agroalimentaria, así como a la creación de empresas por jóvenes emprendedores, destacando en el caso de jóvenes la posibilidad de apoyar la compra de tierras al 100 %.

MODIFICACIÓN DE LA ORDEN QUE REGULA EL INSTRUMENTO FINANCIERO

La Comisión Europea, tras la declaración de la pandemia y con el fin de responder al impacto de la crisis económica, realizó cambios en la normativa comunitaria entre los que se incluyó la flexibilización de la aplicación del Instrumento Financiero.

Esta modificación permite apoyar, en pequeñas y medianas empresas, el capital circulante hasta un máximo de 200.000 euros, sin necesidad de tenerlo que vincular a una inversión. En abril, para incluir esta opción, se modificó la orden que en Castilla y León regula el Instrumento Financiero, estableciendo como fecha límite para solicitar este tipo de préstamos hasta el 31 de diciembre de 2020. Ahora, y dada la situación económica, se amplía el plazo para solicitar los préstamos de capital circulante hasta el 31 de diciembre de 2021.

A fecha actual, industrias agroalimentarias y explotaciones agrarias ya han formalizado préstamos de circulante por importe cercano a los dos millones de euros, con una tendencia en su evolución creciente, por lo que es necesario seguir apostando por ello.

DÓNDE DEBEN ACUDIR LOS INTERESADOS EN EL INSTRUMENTO FINANCIERO

Para que los interesados pueden acceder a los préstamos garantizados es necesario acudir a cualquiera de las oficinas de las entidades bancarias que están adheridas al Instrumento Financiero. La Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural resolverá de manera inmediata las solicitudes recibidas en estas oficinas.

El catálogo que ofrece el Instrumento Financiero incluye préstamos de una duración de 3, 5, 8, 10, 12, 15 y 20 años de vida, contemplándose la posibilidad de entre uno y tres años de carencia, que podrá ser de cuatro para préstamos a 20 años.