El PSOE de Tordehumos advierte de que el Ayuntamiento sí tendrá que pagar las costas por el contencioso tras los nombramientos en la Mancomunidad

  • El caso viene de la anterior legislatura, cuando el PP nombró a dos de sus concejales para las vocalías. El ordenamiento jurídico establece que debían ir uno por el PSOE y otro por el PP

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El PSOE de Tordehumos ha denunciado que el Ayuntamiento del municipio sí que tendrá que hacer frente al pago de las costas por el contencioso administrativo que presentaron los socialistas en el año 2015 para defender su derecho a tener uno de los dos vocales en la Mancomunidad Campos Góticos.

Según han podido saber los socialistas, el pago ha sido ya ejecutado en este trimestre, y en el próximo pleno extraordinario, previsto para finales de este mes de junio, “probablemente irá como punto del día y el alcalde tendrá que dar explicaciones”, dice el portavoz, José Miguel Mozo Mulero.

Los socialistas habían presentado el recurso contencioso administrativo ante el juzgado después de que el Ayuntamiento desestimase previamente el recurso de reposición que habían interpuesto contra el acuerdo plenario de 30 de junio de 2015 por el que se nombraban como representantes en la Mancomunidad Campos Góticos a dos concejales del Partido Popular.

La sentencia del juzgado número uno de lo contencioso administrativo de Valladolid consideró que ese acuerdo del Ayuntamiento de Tordehumos era nulo y contrario a derecho y, además, condenó en costas al consistorio “a pesar de que el alcalde aseguró que finalmente el pago no recaería en nuestras arcas públicas; ahora nos encontramos con que nos ha costado cerca de los 5 000 euros contando con los atrasos.

José Miguel Mozo lamenta además que “habrá que hacer seguramente una modificación presupuestaria en el ayuntamiento para poder cumplir con ello”.

Desde el PSOE recuerdan que en sus fundamentos jurídicos, la sentencia dictó que se habían vulnerado los principios de proporcionalidad y representatividad en la elección de los representantes de Tordehumos en la Mancomunidad Campos Góticos teniendo en cuenta los resultados electorales y la composición de partidos representados en el Ayuntamiento. Así, en aquella ocasión hacía suyos los argumentos que en su día utilizó el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León para estimar el recurso de apelación del Grupo Municipal Socialista de Villalón contra otro acuerdo de ese Ayuntamiento de similares características.