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El problema de las hipotecas IRPH espera una solución europea

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  • En la falta de transparencia en su comercialización puede estar la clave para que el Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios, más conocido con el acrónimo de IRPH, sea considerado abusivo por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea

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Distintas familias están pendientes de que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea dicte sentencia sobre las presuntas condiciones abusivas de este indicador

En la falta de transparencia en su comercialización puede estar la clave para que el Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios, más conocido con el acrónimo de IRPH, sea considerado abusivo por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE). Los afectados por este indicador esperan una respuesta en las próximas semanas desde este órgano comunitario que puede hacerles recuperar unos 20.000 euros de media por persona. 

Esta sentencia supondría, por tanto, un duro golpe para la banca, ya que en caso de fallar a favor del consumidor y considerar el IRPH abusivo, el TJUE provocaría un desembolso mayúsculo para las entidades financieras, que oscilaría entre los 7.000 y 44.000 millones de euros tal y como apunta un informe de Goldman Sachs.

La situación recuerda por sus similitudes a la originada años antes con las polémicas cláusulas suelo, que originaron una oleada de reclamaciones contra la banca que terminaron con la devolución por la misma de lo cobrado indebidamente . 

¿QUÉ ES EXACTAMENTE EL IRPH?

El Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios, IRPH, es un indicador oficial elaborado por el Banco de España. Actualmente, es el segundo más utilizado en las hipotecas variables después del Euríbor y se calcula mediante una media del interés que cobran las entidades, incluyendo aquellos gastos hipotecarios en préstamos hipotecarios a más de tres años. 

Se extendió con gran éxito en pleno auge inmobiliario, ya que los bancos aseguraban que este índice era mucho menos volátil que el Euríbor y que iba a beneficiar al consumidor. Una información no del todo cierta, ya que el IRPH poco después se situaría dos puntos por encima del Euríbor y las hipotecas terminaron siendo más caras.

EL ABOGADO GENERAL DEL TRIBUNAL INVITA AL OPTIMISMO

Maciej Szpunar es el Abogado General del TJUE y en las últimas semanas ha sido preguntado sobre esta problemática y, por sus palabras, ha dejado entrever que los jueces europeos darán la razón a los consumidores y respalden sus derechos. Esto supondría que el IRPH no reuniría los mínimos exigibles de transparencia y tendría que ser declarado nulo.

El magistrado de origen polaco reconoce en distintas declaraciones que “la fórmula matemática del cálculo del IRPH resulta compleja y poco transparente para un consumidor medio”. Finalmente, considera que las entidades bancarias rehusaron la posibilidad de ofrecer el IRPH de manera correcta y sin ocultar sus condiciones. 

¿QUÉ ES LO RECOMENDABLE PARA LOS AFECTADOS?

Hay multitud de despachos de abogados que se están encargando de gestionar la reclamación por esas presuntas condiciones abusivas del IRPH. María Duro de abogadosirphvalladolid.es conoce muy bien esta problemática y recomienda a los afectados que “vayan adelantándose y planteando la correspondiente reclamación extrajudicial”. Una reclamación que, reconoce, “tendrá un peso mucho mayor si se dicta sentencia a favor de aplicar el control de abusividad”.

En cualquier caso, puntualiza que “si plantean dicha reclamación y reciben una propuesta por parte de la entidad que consista en referenciar el préstamo al Euríbor, pero sin hacer mención a la devolución de importe alguno, que no acepten y esperen hasta ver qué se establece en el pronunciamiento del TJUE respecto a la retroactividad”.

Las palabras de Iván Metola, del equipo de abogados de indemniza.me, van en esta misma línea. “Ahora mismo, lo mejor es sin duda esperar a la resolución del TJUE. El último informe presentado por el Abogado General apunta a que el Tribunal Europeo podría de nuevo desmentir a nuestro Alto Tribunal y considerar aplicable a este caso el control de transparencia”, explica.

¿QUÉ CONSECUENCIAS DESENCADENARÍA?

Para María Duro, “las consecuencias podrían tener un carácter ciertamente relevante implicando que las entidades bancarias tengan que proceder a devolver los millones de euros pagados de más por lo prestatarios en conceptos de intereses”. Eso no sería todo, ya que “además, se pasaría a referenciar sus préstamos a un índice sustitutivo como el Euríbor, con la consiguiente reducción del tipo de interés ya que el IRPH se sitúa dos puntos porcentuales, como media, por encima del Euríbor”.

Iván Metola, por su parte, indica que “todo hace presagiar una nueva Sentencia favorable a los consumidores”.  De ser así, explica que “la consecuencia sería un nuevo aluvión de demandas frente a las entidades que comercializaron este tipo de préstamos, cuyo importe la Banca ya debería tener provisionado en sus cuentas”.

Tal es el optimismo en torno a esta sentencia que considera que “los consumidores experimentarían un alivio importante en sus cuotas mensuales de préstamo y además podrían recuperar todo lo pagado de más”. En cualquier caso, la respuesta no se hará de rogar y en las próximas semanas se dictará una solución.

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