EL BOE publica la obligatoriedad del uso de mascarillas para las personas de seis años en adelante

  • En espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público, siempre que no sea posible mantener una distancia de seguridad interpersonal de al menos dos metros
  • Se establecen varias excepciones a esta norma

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El Boletín Oficial del Estado publica, en su edición de hoy miércoles,  la obligación del uso de mascarilla para las personas de seis años en adelante en la vía pública, en espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público, siempre que no sea posible mantener una distancia de seguridad interpersonal de al menos dos metros.

Como excepciones a este supuesto general están los casos siguientes:

  • Personas que presenten algún tipo de dificultad respiratoria que pueda verse agravada por el uso de mascarilla.
  • Personas en las que el uso de mascarilla resulte contraindicado por motivos de salud debidamente justificados, o que por su situación de discapacidad o dependencia presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización.
  • Desarrollo de actividades en las que, por la propia naturaleza de estas, resulte incompatible el uso de la mascarilla.
  • Causa de fuerza mayor o situación de necesidad.

La presente orden surtirá plenos efectos desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, es decir, a partir de mañana, y mantendrá su eficacia