El Ayuntamiento de Aldeamayor publica las bases de las subvenciones para adquisición de material escolar
El plazo para presentar las solicitudes finalizará el 20 de noviembre de 2014. Podrán ser beneficiarias de las ayudas las familias cuyos hijos estudien educación infantil en los colegios públicos de la provincia excepto Valladolid capital.
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El objeto de estas bases es regular la concesión por el Ayuntamiento de Aldeamayor de San Martin, en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas económicas a las familias como acción de fomento destinada a cubrir al coste de la compra de material escolar para el curso escolar 2014-2015. Se considera material escolar todo el necesario para realizar las actividades que se desarrollen o se promuevan en el Centro Docente, como cuadernos de soporte, material de papelería no reutilizable o material de manualidades, así como los libros de texto.
Podrán ser beneficiarias de las ayudas previstas en estas bases las familias que tengan a su cargo hijos en edad escolar matriculados durante el curso 2014-2015 en el segundo ciclo de educación infantil -edad de 3 a 5 años- en un centro escolar público o concertado de la provincia de Valladolid excepto Valladolid capital. Los matriculados en un CEIP de la provincia distinto al CEIP Miguel Delibes de Aldeamayor de San Martin, deberán acreditar tal circunstancia. También podrán solicitar la ayuda aquellos alumnos matriculados en un centro escolar público o concertado de Valladolid capital, por tratarse de un alumno de educación especial. En este último caso deberá acompañarse informe de la Administración educativa competente acreditativo de la referida circunstancia.
Las familias de los beneficiarios deberán empadronadas y residir de modo efectivo en Aldeamayor de San Martin con antelación a la fecha de publicación de la convocatoria que se ha realizado en el día de hoy en el BOP. Además, el menor para el que se solicita la ayuda deberá vivir efectivamente con ellos. Por último, deben estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
No podrán ser beneficiarios de las ayudas los solicitantes que resulten deudores de la Administración Local. Los beneficiarios (Padre, Madre y/o Tutores legales) deberán estar al corriente de sus obligaciones fiscales con el Ayuntamiento, pudiendo satisfacer las deudas pendientes en el plazo de un mes, que a tal efecto se concederá, desde la resolución de las solicitudes de subvención.
El importe individual máximo para los beneficiarios de las ayudas será de 60,00 euros estableciéndose como cuantía máxima global la de 10.500,00 euros. Si el importe de las solicitudes supera el importe global máximo, se distribuirá el crédito total de forma lineal entre todas las solicitudes, sin superar en ningún caso las cuantías máximas global e individual. El plazo para presentar las solicitudes finalizará el 20 de noviembre de 2014.